En la Comunitat Valenciana se han tramitado 12.545 permisos por nacimiento y cuidado de menor en el primer trimestre

En la Comunitat Valenciana se han tramitado 12.545 permisos por nacimiento y cuidado de menor en el primer trimestre

02/05/2022

En la Comunitat Valenciana se han tramitado 12.545 permisos por nacimiento y cuidado de menor en el primer trimestre

 

  • ·       Del total, 5.866 prestaciones corresponden al primer progenitor, habitualmente la madre, y 6.679 al segundo progenitor.

  • ·       El gasto en estas prestaciones entre enero y marzo fue de 78.329 euros, en la CV.

  • ·       El número de excedencias por cuidado de familiar en la CV asciende a 947. El 88% de los solicitantes son mujeres.

 

 

 

València, 29 de abril de 2022.  

En la Comunitat Valenciana se han tramitado 12.545 permisos por nacimiento y cuidado de menor en el primer trimestre de 2022. Del total, 5.866 prestaciones corresponden al primer progenitor, habitualmente la madre, y 6.679 al segundo progenitor, normalmente el padre.

 

La Seguridad Social tramitó a nivel nacional 123.076 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor durante el mismo periodo. El número de bajas por nacimiento y cuidado de menor creció un 12,2% respecto al mismo periodo de tiempo de 2021, cuando se tramitaron 109.644. 

El gasto en la prestación por nacimiento y cuidado de menor en los primeros tres meses de año en la CV fue de 78.329 millones de euros. En el resto del territorio, en 2021, esta cifra se situó en 622,6 millones, lo que supone un crecimiento del 31,7%. 

La prestación por nacimiento y cuidado de menor sustituyó a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad. Se cumple un año desde la equiparación completa de ambas. En la actualidad, el permiso es de 16 semanas para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible. De las 16 semanas, seis de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos.  

La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.  

Por comunidades autónomas, el mayor número de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor se ha reconocido en Madrid (22.257), Cataluña (21.716), Andalucía (21.647), y la Comunidad Valenciana (12.545). 

El Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece la posibilidad de solicitar la prestación por nacimiento de forma telemática, a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es/) y a través de https://tramites.seg-social.es/acceso/prestacion-nacimiento-cuidado-menor.html . 

También se pueden solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso por nacimiento o cuidado del menor, si los progenitores optan por dividir el periodo.  

 

Excedencias por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar  

El número de excedencias dadas de alta en la Comunitat Valenciana durante el primer trimestre del año fue de 947, de las que 837 correspondieron a mujeres y 110 a hombres. Del total de excedencias por cuidado, el 88% son mujeres y el 12% hombres.

En todo el territorio se solicitaron 8.194 excedencias.

El número de excedencias se ha reducido de media un 20,08% respecto al mismo periodo del ejercicio 2021 en la Comunitat Valenciana y un 27,2% a nivel estatal. 

Madrid (1.596), Cataluña (1.379), Comunidad Valenciana (947), Andalucía (856)  y País Vasco(633) son las comunidades autónomas con más excedencias tramitadas. 

En todas las comunidades autónomas se han registrado menos excedencias que el año pasado. Los principales descensos en el primer trimestre han sido en el País Vasco (-50,6%), Cantabria (-38,6%) y La Rioja (-37,8%). 

Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares. 

La delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Gloria Calero destaca el “gran avance que ha supuesto la equiparación de los permisos de maternidad-paternidad, ya que desciende considerablemente la discriminación laboral que han sufrido miles de mujeres cuando eran madres. Por otro lado, resta un largo camino en el mundo de los cuidados, que como vemos en estas estadísticas, sigue recayendo en las mujeres en un porcentaje cercano al 90%”.